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Bloqueo de webs del .cat: una cuestión de derechos fundamentales y de la neutralidad de Internet

23 enero 2020

Fundació puntCAT se persona ante la Audiencia Nacional para conocer los motivos del bloqueo de la web de tsunamidemocràtic.cat

Desde que el juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón ordenó el pasado octubre el bloqueo de la web de Tsunami Democràtic registrado con el dominio .cat que no se dispone de información sobre los indicios del magistrado para justificar esta decisión. El secreto de sumario que ha impuesto el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia permite a los investigadores y a la judicatura actuar sin dar detalles del proceso mientras que el acceso a esta página web se encuentra restringido.

Ante la opacidad de la judicatura, Fundació puntCAT ha impulsado un requerimiento al juez García-Castellón sobre la motivación de un bloqueo que podría vulnerar la libertad de expresión, en primera instancia, y el principio de neutralidad tecnológica. El abogado Andreu Van den Eynde, al que Fundació puntCAT ha encomendado la coordinación de la defensa jurídica, asegura que a pesar de que el tribunal puede no revelar los detalles de la investigación o los nombres de las personas investigadas sí podría explicar en términos generales en qué basa la medida contra un dominio .cat.

Con esta petición, asegura Van den Eynde, se da una oportunidad a la Audiencia Nacional de dar sus razones y permitir al equipo jurídico analizar la decisión judicial. A partir de esta información Fundació puntCAT podría evaluar si se ven afectados los derechos de la entidad, primero, y los derechos digitales, después. De no hacerlo, «se tendrá que ver qué otras vías judiciales existen: quizá la Unión Europea, que debería clarificar si el bloqueo está de acuerdo con sus estándares legales», afirma el abogado.

Carles Salvadó, presidente de Fundació puntCAT, ha considerado en rueda de prensa y en nombre de la entidad que el auto afecta la operatividad de un dominio .cat, la solvencia de la fundación y, con van Eynde, entiende que pone en riesgo la neutralidad de Internet. «Esto no tiene nada que ver con el contenido de una web, sino con la potestad de un estado de restringir Internet», ha insistido el jurista. Salvadó ha expresado también que este requerimiento debería servir para que este tipo de medidas excepcionales no devengan norma.

Precedentes y futuro

Para encontrar un precedente de esta medida excepcional que afecte otros dominios .cat cabe remontarse a la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), que en septiembre de 2017 ordenó el bloqueo de más de 140 páginas web que prestaban apoyo al referéndum del 1 de octubre. Entre estas webs estaba la de la Assemblea Nacional Catalana (ANC) y la del Partit Pirata, las dos registradas con un dominio .cat. La aprobación del Real Decreto Ley 14/2019 por la cual se adoptan medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital el pasado noviembre por el gobierno español podría extender aún más la excepcionalidad. A día de hoy, Fundació puntCAT ofrece su dominio a 109.000 usuarios.

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